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Anteproyecto legal obliga a vender inmuebles viejos Imprimir
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Lunes, 07 de Marzo de 2011 07:01

El Mundo 04-03-11.

Inconstitucional. Roberto Orta Martínez, presidente de la Asociación de Propietarios de Inmuebles Urbanos, calificó de inconstitucionales los artículos del proyecto de ley de arrendamientos que obligan a los dueños a vender a los inquilinos. Aseguró que la única forma de que esto se concrete es que el Estado decrete la expropiación. Pidió que antes de seguir expropiando, se indemnice a los propietarios de 188 inmuebles afectados por el ex alcalde Juan Barreto. Ingrid Rojas R.

El anteproyecto de ley para la regularización y control de los arrendamientos de viviendas, en manos de la Asamblea Nacional, obliga a los propietarios de edificios destinados al alquiler y construidos antes del año 1987 a vender a los arrendatarios.

La norma es parte de las disposiciones transitorias del instrumento legal que fue consignado el pasado miércoles en el Parlamento por parte de organizaciones populares, y justifica la obligación con la lucha por erradicar el latifundio urbano.


De acuerdo con el documento, en la oferta tendrán que ser considerados inquilinos, ocupantes o cualquier otra familia o persona que habite el inmueble en cuestión, independientemente del tiempo que tengan ocupándolo.

El anteproyecto legal fija como plazo 180 días después de que la oficina nacional de inquilinato fije el precio de venta, de acuerdo con lo que establece la ley.

En el precio se tomará en cuenta el estado de la bienhechuría (mejoras) y el valor de la tierra. Pero aclara que aspectos como la ubicación y los precios de mercado no serán determinantes para el cálculo del valor de la tierra.

El anteproyecto señala que en caso de que los propietarios incumplan el mandato, los arrendatarios podrán notificar la novedad a la Dirección de Inquilinato.

Esta instancia publicará en prensa regional y nacional, por 30 días, carteles solicitando la presencia de los propietarios, y en caso de que transcurrido el lapso no comparezcan, la dirección expropiará el bien.

Plantea que durante el mes siguiente a la expropiación la Dirección de Inquilinato comenzará a adjudicar y transferir la propiedad a los inquilinos ocupantes.

Además, instruye a la banca pública y privada a priorizar los créditos de adquisición de los inmuebles afectados y obliga al Estado a otorgar, a través del Banavih, los subsidios correspondientes a personas de la tercera edad o discapacitados que los bancos no puedan atender.

El documento, cuyo estudio quedó en manos de una comisión parlamentaria, obliga a los registros subalternos a autenticar, de forma gratuita y obligatoria, los documentos de condominio para convertir los edificios de vieja data al régimen de propiedad horizontal y facilitar la venta.

Los propietarios también tendrán que vender inmuebles destinados al alquiler al décimo año de construcción.

Precedente

Las obligaciones contenidas en el anteproyecto legal fueron planteadas por organizaciones de inquilinos en el marco de la reforma de la Ley de Arrendamientos Inmobiliarios (vigente desde 1999) que adelantaba la anterior Asamblea Nacional.

Y pese a que contaron con el apoyo del presidente Hugo Chávez, no lograron que el instrumento legal pasara de la primera discusión; tampoco que se hiciera otra ley que les permitiera ser propietarios.

En 2005, el Ministerio de Vivienda trabajó con la Cámara Inmobiliaria en un plan de conversión de inmuebles viejos a propiedad horizontal, que no se concretó.

Prohibiciones

La normativa, que regula el arrendamiento y subarrendamiento urbano y suburbano de viviendas, habitaciones y pensiones, prohibe el desalojo de hecho o arbitrario y fija una multa de 1.000 unidades tributarias (UT), equivalentes a Bs.F. 76.000.

Estaba previsto que la prohibición de desalojos arbitrarios fuera materia de un decreto legal que formaría parte de la Habilitante.

El documento sanciona con 400 UT (Bs. F. 30.400) el cobro de dinero por exhibición o muestra de inmuebles para el arrendamiento.

 

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Protestas propietarios

Protestas para recuperar
viviendas alquiladas
ante injusticia de
Ley de Arrendamientos
y Ley contra Desalojos

Anabella Jimenez Ccs 04/12

Amira Barros Ccs 03/12

Soledad Campos Tachira 02/12

Esposos Kleinbergs Ccs 08/11

Nilka Gutierrez Ccs 08/11

Eloiza Alvarez Ccs 02/11

Prohibido Olvidar.Cifras 2012

157 edificios permanecen invadidos en Caracas desde 2003 a la fecha

800 casas, terrenos y galpones permanecen invadidos en Caracas

22.000 inmuebles han sido invadidos a nivel nacional desde 1999 a 2011

188 edificios alquilados fueron expropiados en Caracas en 2.006 por el Ex Alcalde Mayor Juan Barreto, y ninguno fue indemnizado, ni adjudicado a sus inquilinos

53 edificios vacios fueron ocupados y expropiados en Caracas en 2.006, por el Ex Alcalde Mayor Juan Barreto, y solo 12 fueron indemnizados y ninguno ha sido restituido a su propietario

El 2008 fue expropiado el Centro Comercial Sambil La Candelaria . Actualmente destinado a refugio de damnificados.

En 2010 fue expropiado el Edificio La Francia por orden del Presidente, y desalojados arbitrariamente 600 trabajadores y 91 comerciantes, sin indemnización por sus fondos de comercios y daños y perjuicios.

En 2010 fueron expropiados por la Presidencia de la República y desalojados arbitrariamente por las Milicias Bolivarianas, 19 estacionamientos en el centro de Caracas, sin pago a sus propietarios. Aún no han sido construídos las viviendas prometidas en los terrenos.

En 2011 decenas de pensiones turisticas en Caracas han sido tomadas por grupos con apoyo político, fomentando no pago en sus huespedes.

En 2011 poderes públicos impulsaron normativas dirigidas a minimizar la propiedad privada: Oficio del TSJ que prohibe desalojos de vivienda, Ley contra Desalojos, Ley de Arrendamientos de Vivienda, Ley de Propiedad de Viviendas y Ley de Emergencia de Viviendas y Terrenos


Franklin Brito 1960-2010

 

 

 

 

 

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por el Derecho de Propiedad

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