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Cambio a Ley de Alquileres contempla juicios breves Imprimir
Hemeroteca - Alquileres
Lunes, 23 de Julio de 2007 06:56
El Unviersal 23-07-07. Diputados amplían el régimen de devolución de los depósitos
MAYELA ARMAS H.

La Comisión de Administración y Servicios de la Asamblea Nacional adelanta la discusión de la reforma a la Ley de Arrendamientos Inmobiliarios.

En el marco de las revisiones, algunos artículos ya han sido aprobados por parte de los diputados de la instancia, con miras a la elaboración del informe para la segunda discusión. Una de las disposiciones autorizadas es la correspondiente al tema de los depósitos que realizan las personas cuando firman un contrato de alquiler.

Los parlamentarios en el proyecto establecieron que "cuando el arrendador se negare a reintegrar el depósito, sus intereses, los cánones de arrendamiento por arrendamientos ilícitos, el arrendatario puede ocurrir al tribunal competente por la cuantía para hacer valer sus derechos y pretensiones y la causa se tramitará conforme al procedimiento del marco legal".

Con ese cambio se abarcan los alquileres en los ranchos, debido a que se incluyen los arrendamientos ilícitos. En el texto vigente solamente se contempla la entrega de los depósitos y los intereses generados.

Adicional al régimen de devolución también se aprobaron las disposiciones correspondientes a los juicios por desalojos de las viviendas. En ese sentido, los parlamentarios establecieron que los juicios serán orales y breves, tal como se realizan en el área laboral. La intención es tratar de agilizar todos los procedimientos.

Asimismo se amplía el esquema de demanda. En la modificación al artículo 33 se indica que "las demandas por desalojo, *****plimiento o resolución de un contrato de arrendamiento, reintegro sobre alquileres, ejecución de garantías, prórroga legal, preferencia ofertada, retracto legal arrendaticio, arrendamientos ilícitos y cualquier otra acción derivada de una relación arrendaticia sobre inmuebles urbanos o suburbanos se sustanciarán y sentenciarán conforme a las disposiciones establecidas en el procedimiento oral dispuesto en la Ley".

En el texto vigente no se incluyen arrendamientos ilícitos ni la ejecución de garantías.

Punto medio
En las discusiones que realiza la Comisión todavía no ha habido consenso sobre los inmuebles que estarán excluidos del marco. La diputada Laura Valls indicó que la intención es tratar de llegar a un punto medio.

En la actual Ley se establece que la normativa no aplica para los inmuebles posteriores al 2 de enero de 1987. En el informe aprobado en primera discusión se establece que quedarán por fuera los inmuebles posteriores a enero de 1997.

 

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