| Diputados proponen construir viviendas para alquiler |
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| Hemeroteca - Alquileres | |||||
| Sábado, 07 de Julio de 2007 02:16 | |||||
“Más allá de la ley, pensamos que el problema tiene que abordarse a fondo. El Estado debe ver la posibilidad de atender a las parejas jóvenes, por ejemplo, que se casan y por alguna razón no pueden comprar vivienda. Esto los lleva a vivir en casa de los padres, muchas veces en condiciones de hacinamiento”. El parlamentario de Patria Para Todos (PPT) anunció que la próxima semana el planteamiento será consultado con el Ministerio de Vivienda y Hábitat. La mencionada comisión legislativa sugerirá que de los planes de construcción de unidades habitacionales, se destine entre 3% y 5% sólo para arrendar. También propondrá que el Estado establezca asociaciones con el sector privado para la ejecución de casas que serán alquiladas. Congelados El presidente de la Cámara Inmobiliaria de Caracas, Luis Emilio Vega, considera que la propuesta de construcción de viviendas es viable, pero que la oferta de inmuebles para arrendar mejorará cuando se descongelen los precios en este sector. “Para nosotros el problema está en el decreto que paralizó los aumentos de los alquileres hace cuatro años. Eso es lo que tiene restringida la oferta, porque el propietario no ha podido modificar su canon de arrendamiento”. El ente empresarial ha solicitado reuniones con el despacho de Vivienda sin obtener respuesta, aseguró Vega. Mientras, la diputada Laura Valls, quien coordina la mesa técnica que trabaja sobre la reforma, señaló que luego de aprobar el juicio oral en el procedimiento de desalojo (artículo 33), con el fin de hacerlo más rápido, el grupo va hacia el consenso en lo relacionado con la mediación del juez, el cual deberá escuchar a ambas partes antes de tomar una decisión. “Existen dos propuestas al respecto. Una de ellas es que la intervención del juez debe ser antes de la contestación de la demanda y la otra que debe ser después”. Derechos La reforma fue aprobada en primera discusión en mayo por la AN y se estima que antes de que culmine el actual período legislativo sea sancionado el texto legal definitivo que modifica 13 artículos. Otro aspecto en el estado actual de las discusiones sobre la materia es que la figura de la Defensoría del Pueblo (DP) presente en los juicios por desalojo, plasmada en la reforma, dé paso al Ministerio Público, a petición del propio órgano protector, por no formar parte de sus funciones. De igual forma, en el artículo 26 se incluyeron “los cánones de arrendamiento ilícitos y otras sumas cobradas de forma indebida” (como el alquiler de ranchos, que está prohibido), como parte de los depósitos que el arrendador está obligado a devolver, so pena de ser acusado en un tribunal competente. “Tal como está aprobada la reforma, no establece reglas claras entre propietarios e inquilinos y sobreprotege a los segundos. Esperamos que estas observaciones sean atendidas lo antes posible”, dijo Vega. es el tiempo concedido al inquilino para que desocupe el inmueble en caso de desalojo (artículo 35). Antes el plazo era de 6 meses (artículo 34). También deben ser 4 y no 2 los pagos atrasados para que el arrendador demande desocupación. En la calle Laura Valls dijo que pronto la reforma de la Ley de Arrendamiento irá a parlamentarismo social de calle en todo el país, para reducir la incertidumbre entre la población y desmentir, por ejemplo, “que si hay niños, una familia no puede ser objeto de desalojo”.
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