Home Alquileres En la AN contemplan limitar venta de inmuebles de vieja data
En la AN contemplan limitar venta de inmuebles de vieja data Imprimir
Hemeroteca - Alquileres
Sábado, 16 de Octubre de 2010 07:55

El Universal 08 10 10


Rechaza la usura y especulación para favorecer al "capitalista"
El presidente Hugo Chávez ha reconocido las fallas de su gobierno en planes de vivienda y lo ha considerado como un asunto de Estado.

La Asamblea Nacional no pierde la vista en ajustar la política inmobiliaria a los intereses del Ejecutivo. Actualmente, en el seno de la Comisión de Participación Ciudadana existe un anteproyecto de ley para la "socialización" de inmuebles de vieja data, entendiendo que la vivienda es un asunto de primera necesidad y es un "imperativo" normalizar y legislar sobre esta materia para "erradicar la usura y la especulación".

El borrador está concebido para aquellas infraestructuras que son utilizadas bajo la figura de arrendamiento con más de 40 años de construcción, y busca beneficiar a los inquilinos que habiten tales inmuebles por un período mínimo de 10 años ininterrumpidos y estén solventes en los pagos.

La titularidad del inmueble ocupado en alquiler es, en esencia, el problema a resolver ya que está en la dirección de la "socialización de la vivienda".

En el texto, se considera que el derecho de preferencia de los artículos 43 y 44 del Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley de Arrendamientos Inmobiliarios es en esencia una herramienta de desalojo expedita, por cuanto, el propietario presenta al arrendatario una oferta de venta a precio "exorbitante" y al inquilino denegar la oferta, el dueño del inmueble "busca un testaferro y protocoliza una venta simulada para lograr desalojar al inquilino".

El papel de trabajo contempla el establecimiento de un tabulador que encuadre en los nuevos paradigmas de la economía social, en la que se fundamenta la teoría del socialismo del siglo XXI. En este caso, el Ministerio de Vivienda y Hábitat sería el facultado para fijar el precio justo de los inmuebles sujetos a la aplicación de la normativa, es decir, los arrendatarios o acreedores del derecho de preferencia solicitarán a este despacho la respectiva tasación para su posterior venta al inquilino.

En la determinación del valor del inmueble se considerarán el uso, clase, calidad, situación, tiempo de construcción, daños estructurales, dimensiones y el valor fiscal declarado y aceptado por el propietario.

Amortización

Cuando el arrendatario decide ejercer el derecho de preferencia se le reconocerá lo pagado por concepto de canon de arrendamiento (renta) como una amortización al monto total del valor que se establezca previamente en el justiprecio.

El porcentaje varía de acuerdo con los años que tenga ocupada la vivienda. En el caso de una persona natural o grupo familiar que tenga de 10 hasta 15 años pagando el alquiler de un inmueble, la amortización es de 25%; entre 15 y 20 años es de 35%; de 20 a 25 años sería 45%; de 25 hasta 30 años 55% y con más de 30 años le sería amortizable 95%, casi la totalidad del bien.

Destino de la vivienda

Todas aquellas personas que decidan adquirir una vivienda por esta vía deberán destinar el inmueble como su residencia, sin que pueda utilizarla para un uso diferente. De lo contrario, el Estado estará en la facultad de exigir que se le transfiera, por el mismo precio que la adquirió, de manera inmediata a objeto de otorgarla a otro grupo familiar que la requiera, es decir, de ninguna manera podrán convenirse actos como arrendamiento ni comodato.

Durante un lapso de 10 años, el adquiriente no podrá disponer ni gravar la vivienda. Pasado ese período, no podrá cederse a otro particular sin atender las necesidades previamente de todas las personas que conforman el grupo familiar que habitan el inmueble.

No conforme con estas limitaciones, la propuesta establece que el Estado siempre tendrá un derecho preferente sobre cualquier otra persona para adquirir la vivienda objeto de adquisición por el transcurso de diez años o más, prohibiendo a las oficinas de registro cualquier protocolización contraproducente a la norma.

 

Siguenos

Firma contra Ley Inquilinato

Únete y firma en internet contra la Ley de Arrendamientos de Viviendas

Firma Aquí

APIUR

Asociación civil sin fines de lucro, constituída en el año 2.003, con el objetivo de formentar el respeto y la protección a la propiedad privada en Venezuela.
Propietarios Asociados: 315
Tel.0212-2660087- 0424-6274485 -0414-3913621
Email:
info@apiur.org

 

Protestas propietarios

Protestas para recuperar
viviendas alquiladas
ante injusticia de
Ley de Arrendamientos
y Ley contra Desalojos

Anabella Jimenez Ccs 04/12

Amira Barros Ccs 03/12

Soledad Campos Tachira 02/12

Esposos Kleinbergs Ccs 08/11

Nilka Gutierrez Ccs 08/11

Eloiza Alvarez Ccs 02/11

Prohibido Olvidar.Cifras 2012

157 edificios permanecen invadidos en Caracas desde 2003 a la fecha

800 casas, terrenos y galpones permanecen invadidos en Caracas

22.000 inmuebles han sido invadidos a nivel nacional desde 1999 a 2011

188 edificios alquilados fueron expropiados en Caracas en 2.006 por el Ex Alcalde Mayor Juan Barreto, y ninguno fue indemnizado, ni adjudicado a sus inquilinos

53 edificios vacios fueron ocupados y expropiados en Caracas en 2.006, por el Ex Alcalde Mayor Juan Barreto, y solo 12 fueron indemnizados y ninguno ha sido restituido a su propietario

El 2008 fue expropiado el Centro Comercial Sambil La Candelaria . Actualmente destinado a refugio de damnificados.

En 2010 fue expropiado el Edificio La Francia por orden del Presidente, y desalojados arbitrariamente 600 trabajadores y 91 comerciantes, sin indemnización por sus fondos de comercios y daños y perjuicios.

En 2010 fueron expropiados por la Presidencia de la República y desalojados arbitrariamente por las Milicias Bolivarianas, 19 estacionamientos en el centro de Caracas, sin pago a sus propietarios. Aún no han sido construídos las viviendas prometidas en los terrenos.

En 2011 decenas de pensiones turisticas en Caracas han sido tomadas por grupos con apoyo político, fomentando no pago en sus huespedes.

En 2011 poderes públicos impulsaron normativas dirigidas a minimizar la propiedad privada: Oficio del TSJ que prohibe desalojos de vivienda, Ley contra Desalojos, Ley de Arrendamientos de Vivienda, Ley de Propiedad de Viviendas y Ley de Emergencia de Viviendas y Terrenos


Franklin Brito 1960-2010

 

 

 

 

 

Hombre que dió su vida

por el Derecho de Propiedad

en Venezuela

Biografía y comunicado familiar

Miembros de


Potenciado por Joomla!. Designed by: Free Joomla Theme, domain hosting. Valid XHTML and CSS.