| Fianzas, alquileres y otros pagos |
|
| Hemeroteca - Alquileres | |||
| Domingo, 09 de Diciembre de 2007 05:06 | |||
|
El Mundo 08-12-07. Por Andres Coba
A lgunos suponen que la única obligación de pago de los propietarios con el condominio, es la correspondiente a las cuotas para cancelar su parte de los gastos comunes relacionada en los recibos de condominio; sin embargo, la realidad es que existen otros pagos que se causan en los condominios y son justamente a ellos que nos vamos a referir hoy... LA REPOSICIÓN DE LOS DAÑOS CAUSADOS En sintonía con el Código Civil, el Art. 3º de la Ley de Propiedad Horizontal en su literal b), indica que corresponde a cada propietario mantener su propiedad en perfectas condiciones y sin causar perjuicios a otros y precisa en su último aparte: "...resarciendo los daños que ocasione su descuido o el de las personas por las que deba responder". Esta nota es clara y establece la posibilidad de pagos por daños causados en áreas privadas o comunes, destacando que se aplica al propietario como "a las personas por las que deba responder", es decir, familiares y amigos, personal de servicio y contratados eventuales. ALQUILERES DE "LO COMÚN" En la mayoría de los condominios donde existen instalaciones de propiedad común pero de uso eventual y distinto entre propietarios, como salas de fiestas y/o estacionamientos que terminan incorporándose al uso de los propietarios, se ha razonablemente adoptado la práctica de solicitarle al propietario que lo utiliza un pago adicional por este uso. Esto debido a: 1) genera trabajo y gasto adicional de mantenimiento y limpieza, y 2) hay un "disfrute exclusivo temporal" de una cosa común que amerita la compensación a los propietarios momentáneamente privados del derecho de uso. Este pago es eventual y debe aplicarse razonablemente pues, la relación con quien lo usufructúa no es lucrativa sino de vecindad. FIANZAS O GARANTÍAS Existen condominios que, fundamentalmente por experiencias traumáticas, han implementado "fianzas" para permitir el uso de áreas comunes a sus propietarios. Es comprensible que una comunidad que perdió su jardín por una piñata y posteriormente tuvo que cobrar legalmente al causante que se negaba a cubrir los daños, adopte la previsión de exigir para algún tipo de eventos depósitos que cubren los riesgos que la actividad puede generar. Esta acción, sin embargo, tiene que ser consensuada e implementada de forma que el depósito esté en poder del condominio el tiempo mínimo necesario, a fin de controlar y no transformar un control en "negocio" para la junta o el administrador del área común en cuestión. CIUDADANÍA Cierro esta nota orgulloso por el civismo de los venezolanos el pasado fin de semana. El referéndum en paz solo fue posible, porque cantidad de ciudadanos asumieron los distintos roles que el proceso exige: Miembros de Juntas Electorales y Mesas de votación, Testigos de las opciones, Observadores Electorales y electores responsables. Felicitémoslos y felicitémonos.
|
Firma contra Ley Inquilinato
Únete y firma en internet contra la Ley de Arrendamientos de Viviendas
Twitter Apiur
updates: |
|
followers: |
|
following: |
|
Last 30 following: |
|
Last 4 tweets in past 30 days from : |
|
APIUR
Asociación civil sin fines de lucro, constituída en el año 2.003, con el objetivo de formentar el respeto y la protección a la propiedad privada en Venezuela.
Propietarios Asociados: 315
Tel.0212-2660087- 0424-6274485 -0414-3913621
Email: info@apiur.org
Junta Directiva:
Abg. Roberto Orta Martinez. Presidente
Dr. Raimundo Orta Poleo. Coordinador Nacional
Lic. Federico Avidano: Director
Dr. Edgar Ramirez. Director
Dra. Irma Lovera De Sola. Directora
Abg. Maria Alejandra Pulgar. Secretaria
Consultores Jurídicos
Abg. Carlos Calanche
Abg. Raymond Orta Martínez
Propiedad Privada
Prohibido Olvidar.Cifras 2011
155 edificios permanecen invadidos en Caracas desde 2003 a la fecha
800 casas, terrenos y galpones permanecen invadidos en Caracas
22.000 inmuebles han sido invadidos a nivel nacional desde 1999 a 2011
188 edificios alquilados fueron afectados en Caracas en 2.006 para Expropiación, por el Ex Alcalde Mayor Juan Barreto, y ninguno fue indemnizado a su propietario, ni adjudicado a sus inquilinos
53 edificios vacios fueron ocupados y afectados en Caracas en 2.006 para Expropiación, por el Ex Alcalde Mayor Juan Barreto, y solo 12 fueron indemnizados y ninguno ha sido restituido a su propietario
El 2008 fue expropiado el Centro Comercial Sambil La Candelaria por orden del Presidente de la República, sin indemnización para 250 comerciantes propietarios, desapareciendo 4.000 nuevos empleos. Actualmente está destinado a refugio de damnificados.
En 2010 fue expropiado el Edificio La Francia por orden del Presidente de la República, y desalojados arbitrariamente 600 trabajadores y 91 inquilinos comerciantes, por la Alcladía de Libertador, sin indeminización por sus fondos de comercios y daños y perjuicios. Aún permanece sin el destino ofrecido.
En 2010 fueron expropiados por la Presidencia de la República y desalojados arbitrariamente por las Milicias Bolivarianas, 19 estacionamientos en el centro de Caracas, sin pago a sus propietarios. Aún no han sido construídos las viviendas prometidas en los terrenos.
En 2011 decenas de pensiones turisticas en Caracas han sido tomadas por grupos anarquicos con apoyo político, fomentando el no pago en sus huespedes; con maltrato y desocupación arbitraria de sus administradores y propietarios
Franklin Brito 1960-2010
Hombre que dió su vida
por el Derecho de Propiedad
en Venezuela
Hemeroteca por categorías
Potenciado por Joomla!. Designed by: Free Joomla Theme, domain hosting. Valid XHTML and CSS.





