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Operaciones de arrendamiento caen 32% en los últimos meses Imprimir
Hemeroteca - Alquileres
Viernes, 13 de Julio de 2007 03:34
Nueva Prensa. 13-07-07. Luego de aprobada en primera discusión la Reforma Parcial del Decreto de la Ley de Arrendamientos Inmobiliarios, comienzan a percibirse ciertas modificaciones en el sector. Y es que las operaciones de arrendamiento han caído 35% en el estado Bolívar, tal y como lo anunció el abogado y expresidente de la Cámara Inmobiliaria, Iván Ibarra Guevara.

“Quisiéramos pensar que el Gobierno ha entendido que esa reforma no es la vía más adecuada, ya que esta última se centra en otorgar incentivo al constructor para que comience a desarrollar viviendas para alquiler. El déficit habitacional sigue creciendo en Ciudad Guayana”. Sin embargo, las consecuencias del anuncio han generado ciertas consecuencias en el mercado inmobiliario.

Precisó Ibarra, que la causa no es que no existan viviendas para arrendar en la ciudad, sino que los propietarios sienten miedo, producto de los anuncios emitidos por el Gobierno Nacional específicamente en materia de expropiaciones y de propiedad privada.

Dijo que para nadie es un secreto el rumor de una reforma a la Ley de Propiedad Horizontal, que está mezclada con la Ley de Arrendamientos Inmobiliarios. “Es una reforma mal enfocada, que sugiere reformar la Ley de Propiedad Horizontal para acabar con el déficit habitacional, una idea totalmente descabellada”, dijo.

Señaló que independientemente de que caigan las operaciones arrendatarias, el déficit habitacional sigue creciendo. “El índice poblacional va creciendo, son núcleos que van requiriendo viviendas y el no conseguirlas deteriora la calidad de vida. El problema es que no hay reglas de juego claras”, dijo.

La especulación inmobiliaria también hace de las suyas, para Ibarra el costo de las viviendas es exorbitante. “Para adquirir una casa que cuesta 300 millones de bolívares hay que tener ingresos mensuales de 9 ó 10 millones para poder calificar a créditos bancarios”.


Crisis nacional

Según cifras de la Cámara Inmobiliaria de Venezuela (CIV), al cierre del primer semestre de este año los precios de los alquileres de apartamentos registraron un incremento de 19%, respecto al mismo período del año pasado, y ante ese aumento el costo promedio del metro cuadrado alquilado se ubicó en 44.250 bolívares.

Los datos de la organización indican que en el caso de las casas, los precios de los alquileres registraron un crecimiento en la primera mitad del año de 45%, de esa manera el costo promedio del metro cuadrado alquilado es 53.300 bolívares.

Mientras tanto al cierre del primer semestre las operaciones de alquiler registraron un descenso de 22%, y para el cierre de este año se proyecta una caída de 45%.

Las cifras de la organización reflejan que en la primera mitad de 2007, 79% de las operaciones transadas fueron ventas y 21% arrendamientos. En el mismo período de 2005, 68% de las transacciones fueron ventas y 32% arrendamientos, lo cual demuestra que en dos años el número de operaciones se redujo.


Mercado estrangulado

Aprobada en primera discusión la Reforma Parcial del Decreto de la Ley de Arrendamientos Inmobiliarios, el expresidente de la Cámara Inmobiliaria del estado Bolívar, también señaló que la normativa “estrangula el mercado de alquileres y agrava el déficit habitacional a nivel nacional”.

Uno de los artículos que sufrió cambios dentro de la nueva reforma de Ley de Arrendamientos fue el número 7, el cual, respecto de la protección de los arrendatarios, establece lo siguiente: “estos se enmarcan dentro de la visión de la vivienda como derecho social, formando parte de los derechos humanos tutelados en el título III, capítulo V, de de República Bolivariana de Venezuela.

Otro de los numerales que experimentó una modificación en la reforma reza lo siguiente: “el juez a solicitud del arrendador, ordenará al arrendatario la entrega material del inmueble en un plazo improrrogable de 180 días calendario, contados a partir de la fecha de la notificación de la orden del tribunal... El in*****plimiento de esta obligación acarreará la pérdida del plazo otorgado al arrendatario y la ejecución inmediata de la medida de entrega, material del inmueble”.

Asimismo, la normativa vigente establece que el arrendatario que registre una mora de dos meses inmediatamente puede tramitarse ante los organismos jurídicos el desalojo, mientras que con el nuevo proyecto de Ley debe hacerse espera de cuatro meses para proceder al desalojo del inmueble.

Lo que “anteriormente era por un juicio breve ahora es por un juicio ordinario, que puede demorarse hasta diez años en vista del volumen de operaciones y el volumen de expediente que se maneja en los tribunales”, dijo, al tiempo que calificó de engorroso este tipo de procedimientos y la posibilidad de declarar, en algunos casos, un año adicional de gracia para el desalojo de los inquilinos.

A simple vista, esto significa que la nueva Ley de Arrendamientos “en vez de castigar al moroso lo premia”. Partiendo de que actualmente hay un déficit habitacional, y que los inquilinos se despreocuparán de vencerse el plazo de sus alquileres, esta normativa contribuirá al agravamiento del déficit habitacional a nivel nacional.

Precisó el presidente de la Cámara Inmobiliaria que si alguna vez un constructor pensó en construir viviendas para alquilar, viéndolo como una oportunidad de negocio, pues ya no tomarán la decisión de asumir ese riesgo, en virtud de que jamás podrán desalojar a los inquilinos.

Rasgos de la propuesta


  • La preferencia ofertiva que señala el artículo 42 de la Ley también fue modificado con el nuevo proyecto. Con la nueva normativa, sólo con estar solvente la persona puede adquirir la vivienda.

  • Aquí, a juicio de Ibarra, se observa como hay una intervención directa del Gobierno en la propiedad privada, “a pesar de que el Ejecutivo dice que no es así, vemos como se va interviniendo de una forma muy disimulada, muy solapada, la propiedad privada”.

  • Otra de las modificaciones importantes de la Ley de Arrendamientos y respecto de la misma preferencia ofertiva, es que ahora el propietario del inmueble debe notificar con 180 días de antelación al arrendatario para poder expender su inmueble.

  • La especulación es otro factor que afecta el mercado de alquileres y compras de inmuebles en Guayana.

  • Según el empresariado esta nueva ley es una forma de evitar que el arrendatario disponga de su propiedad.

 

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22.000 inmuebles han sido invadidos a nivel nacional desde 1999 a 2011

188 edificios alquilados fueron afectados en Caracas en 2.006 para Expropiación, por el Ex Alcalde Mayor Juan Barreto, y ninguno fue indemnizado a su propietario, ni adjudicado a sus inquilinos

53 edificios vacios fueron ocupados y afectados en Caracas en 2.006 para Expropiación, por el Ex Alcalde Mayor Juan Barreto, y solo 12 fueron indemnizados y ninguno ha sido restituido a su propietario

El 2008 fue expropiado el Centro Comercial Sambil La Candelaria por orden del Presidente de la República, sin indemnización para 250 comerciantes propietarios, desapareciendo 4.000 nuevos empleos. Actualmente está destinado a refugio de damnificados.

En 2010 fue expropiado el Edificio La Francia por orden del Presidente de la República, y desalojados arbitrariamente 600 trabajadores y 91 inquilinos comerciantes, por la Alcladía de Libertador, sin indeminización por sus fondos de comercios y daños y perjuicios. Aún permanece sin el destino ofrecido.

En 2010 fueron expropiados por la Presidencia de la República y desalojados arbitrariamente por las Milicias Bolivarianas, 19 estacionamientos en el centro de Caracas, sin pago a sus propietarios. Aún no han sido construídos las viviendas prometidas en los terrenos.

En 2011 decenas de pensiones turisticas en Caracas han sido tomadas por grupos anarquicos con apoyo político, fomentando el no pago en sus huespedes; con maltrato y desocupación arbitraria de sus administradores y propietarios

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