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Martes, 21 de Julio de 2009 08:59
Tal Cual 21-07-09
Atropellos judiciales han caracterizado la campaña gubernamental para evitar que los constructores sigan cobrando ajustes por inflación, en los contratos de preventa de viviendas
Una decena de representantes de empresas constructoras han sido detenidos de forma ilegal desde que el Ministerio de Obras Públicas y Vivienda (Mopvi) publicó la resolución 110, que prohíbe el cobro de ajustes por inflación en los contratos de preventa, denunciaron fuentes del sector.

La primera irregularidad en los procesos contra las constructoras es darle tratamiento penal a una causa civil. Eso no sólo incumple el derecho a ser procesado por el juez natural, sino también la resolución 110, que habla de procedimientos administrativos sancionatorios en caso de incumplimiento.

La principal evidencia de que el gobierno ha asumido este caso como una persecución penal es que el Ministerio Público, en vez de darle la batuta a la Dirección de Derechos Fundamentales, comisionó a la Dirección de Delitos Comunes para realizar las investigaciones.

La participación de la Fiscalía, así como del Instituto para la Defensa de las Personas en el Acceso a Bienes y Servicios (Indepabis), también constituye una irregularidad; pues la resolución dice que será el Mopvi quién asumirá de manera exclusiva el conocimiento de las denuncias sobre el tema.

¿In fraganti?
Las fuentes denunciaron que también hay un uso incorrecto del concepto de flagrancia previsto en el artículo 44 de la Constitución: “ninguna persona puede ser arrestada o detenida sino en virtud de una orden judicial, a menos que sea sorprendida in fraganti”.

Los funcionarios del Indepabis y la Fiscalía decretan flagrancia por el sólo hecho de que la constructora tenga contratos que establezcan ajustes por inflación, sin importar que los documentos hayan sido firmados antes de que se prohibiera el cobro por dicho concepto.

El concepto de flagrancia podría aplicarse, explicaron las fuentes, en el caso de que el funcionario consiga a un representante del constructor diciéndole al comprador de la vivienda que debe pagar el INPC para poder firmar el documento de compra o recibir el crédito.

Y sólo si la obligación que se está cobrando –agregaron– es posterior a la resolución 110. Porque, como la ley no puede aplicarse de manera retroactiva, se supone que toda cuota por INPC cobrada o causada en el marco de la regulación anterior debería ser considerada legítima.

En muchos casos, además, los detenidos han sido empleados que no tienen ninguna responsabilidad en la elaboración de los contratos ni en la fijación de sus cláusulas. “Si la irregularidad existe, los responsables son los administradores o los propietarios de la compañía”.

Criminalizando al privado
Otra irregularidad es que no se respeta el lapso de 48 horas para que el detenido sea presentado ante un juez. “Por interpretaciones caprichosas del Código Orgánico Procesal Penal la policía tiene 12 horas para presentarte ante el fiscal, éste 48 horas para llevarte al tribunal y el juez 48 horas más para fijar la audiencia”.

Además los fiscales solicitan medidas cautelares como que el detenido se comprometa a reintegrar el cobro del INPC efectuado o causado. Es decir, piden acciones preventivas que deciden sobre el fondo de la materia y que sólo pueden ser decididas luego de finalizado el juicio.

Las medidas cautelares también incluyen intervención de la empresa y congelación de sus bienes. “Hay un desconocimiento absoluto del Estado de Derecho, hay un atropello total a los derechos y las garantías previstas en la Constitución” denunciaron las fuentes.

Lo peor, explicaron los denunciantes, es que no se trata de casos aislados sino de un patrón que se ha seguido en todos los procesos contra constructores. “Es algo que se enmarca dentro del contexto de represión y criminalización de la iniciativa privada”.
 

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188 edificios alquilados fueron afectados en Caracas en 2.006 para Expropiación, por el Ex Alcalde Mayor Juan Barreto, y ninguno fue indemnizado a su propietario, ni adjudicado a sus inquilinos

53 edificios vacios fueron ocupados y afectados en Caracas en 2.006 para Expropiación, por el Ex Alcalde Mayor Juan Barreto, y solo 12 fueron indemnizados y ninguno ha sido restituido a su propietario

El 2008 fue expropiado el Centro Comercial Sambil La Candelaria por orden del Presidente de la República, sin indemnización para 250 comerciantes propietarios, desapareciendo 4.000 nuevos empleos. Actualmente está destinado a refugio de damnificados.

En 2010 fue expropiado el Edificio La Francia por orden del Presidente de la República, y desalojados arbitrariamente 600 trabajadores y 91 inquilinos comerciantes, por la Alcladía de Libertador, sin indeminización por sus fondos de comercios y daños y perjuicios. Aún permanece sin el destino ofrecido.

En 2010 fueron expropiados por la Presidencia de la República y desalojados arbitrariamente por las Milicias Bolivarianas, 19 estacionamientos en el centro de Caracas, sin pago a sus propietarios. Aún no han sido construídos las viviendas prometidas en los terrenos.

En 2011 decenas de pensiones turisticas en Caracas han sido tomadas por grupos anarquicos con apoyo político, fomentando el no pago en sus huespedes; con maltrato y desocupación arbitraria de sus administradores y propietarios

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