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Publicado en Gaceta Oficial el Instructivo que regula las notificaciones de transacciones de Bienes Patrimoniales PDF Imprimir E-mail
Escrito por Administrator   
Domingo, 22 de Noviembre de 2009 13:49

ipc.gob.ve 17 11 09

 

El documento del IPC explica claramente todas las actuaciones que deben hacer los propietarios de los bienes en caso de enajenación, constitución de gravámenes, limitaciones o servidumbre sobre bienes con valores patrimoniales declarados

El jueves 12 de noviembre en la Gaceta Oficial N° 39.305 el Instituto del Patrimonio Cultural, órgano rector en esa materia, adscrito al Ministerio del Poder Popular para la Cultura, publicó la Providencia Administrativa N° 028/09 que establece el Instructivo que regula las notificaciones de documentos de enajenación, constitución de gravámenes, limitaciones o servidumbre sobre bienes con valores patrimoniales declarados. La mencionada providencia reitera que, de conformidad con lo establecido en el artículo 24 de la Ley de Protección y Defensa del Patrimonio Cultural, los propietarios de bienes declarados deberán hacer del conocimiento del Instituto del Patrimonio Cultural las traslaciones de propiedad que efectúe sobre las mismas, personalmente o a través del portal electrónico: www.ipc.gob.ve.


Por tanto, sólo le corresponde al propietario que desea vender su inmueble declarado Bien de Interés Cultural notificar al Instituto de esta circunstancia, y éste participará lo conducente al Registrador del cumplimiento de esta formalidad. Igualmente, para el caso de constituirse gravámenes, limitaciones o servidumbres sobre estos bienes, también se deberá notificar al Instituto y éste participará el cumplimiento de esta circunstancia al Registrador. Una vez registrada la enajenación o en todo caso la constitución de gravámenes, limitaciones o servidumbres sobre estos bienes, corresponderá a las Oficinas de Registros Inmobiliarios informar al IPC los datos de inscripción en los libros respectivos.

La providencia enfatiza que únicamente es exigida esta formalidad a propietarios públicos o privados de los inmuebles particularmente catalogados como Bien de Interés Cultural. Quedan entonces exceptuados de esta formalidad los propietarios de inmuebles que no aparezcan catalogados específicamente aunque integren o formen parte de: centros históricos, barrios, urbanizaciones, unidades vecinales, sectores, calles, avenidas, bulevares, callejones, cementerios y mercados Igualmente quedan excluidos los inmuebles bajo régimen de propiedad horizontal, salvo aquellos casos que la asamblea de copropietarios conforme a la Ley de Propiedad Horizontal decidan la venta de áreas comunes. Además el IPC advierte en la Gaceta que los servicios que presta son gratuitos, es decir, no se exige el cobro de tasa o impuesto alguno.

La publicación en Gaceta Oficial de los bienes inmuebles declarados de Interés Cultural que formaliza el inventario recogido en el I Censo del Patrimonio Cultural, que el IPC adelanta desde 2004,  se hace con el objeto de garantizar la divulgación de los bienes declarados, pues no se puede proteger lo que no se sabe que está protegido. Con la difusión se busca que tanto entes públicos como privados conozcan el alcance de la declaratoria, así como las responsabilidades en el mantenimiento de estos bienes, sin menoscabar el derecho a la propiedad.

Los interesados pueden consultar en la página web del IPC: www.ipc.gob.ve la Ley de Protección y Defensa del Patrimonio Cultural y su Reglamento, así como el Instructivo que regula el Registro General del Patrimonio Cultural Venezolano y el manejo de los bienes que lo integran. En los próximos días en este portal estarán disponibles los formatos digitales para la notificación de transacciones.
 

 

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155 edificios permanecen invadidos en Caracas desde 2003 a la fecha

800 casas, terrenos y galpones permanecen invadidos en Caracas

22.000 inmuebles han sido invadidos a nivel nacional desde 1999 a 2011

188 edificios alquilados fueron afectados en Caracas en 2.006 para Expropiación, por el Ex Alcalde Mayor Juan Barreto, y ninguno fue indemnizado a su propietario, ni adjudicado a sus inquilinos

53 edificios vacios fueron ocupados y afectados en Caracas en 2.006 para Expropiación, por el Ex Alcalde Mayor Juan Barreto, y solo 12 fueron indemnizados y ninguno ha sido restituido a su propietario

El 2008 fue expropiado el Centro Comercial Sambil La Candelaria por orden del Presidente de la República, sin indemnización para 250 comerciantes propietarios, desapareciendo 4.000 nuevos empleos. Actualmente está destinado a refugio de damnificados.

En 2010 fue expropiado el Edificio La Francia por orden del Presidente de la República, y desalojados arbitrariamente 600 trabajadores y 91 inquilinos comerciantes, por la Alcladía de Libertador, sin indeminización por sus fondos de comercios y daños y perjuicios. Aún permanece sin el destino ofrecido.

En 2010 fueron expropiados por la Presidencia de la República y desalojados arbitrariamente por las Milicias Bolivarianas, 19 estacionamientos en el centro de Caracas, sin pago a sus propietarios. Aún no han sido construídos las viviendas prometidas en los terrenos.

En 2011 decenas de pensiones turisticas en Caracas han sido tomadas por grupos anarquicos con apoyo político, fomentando el no pago en sus huespedes; con maltrato y desocupación arbitraria de sus administradores y propietarios

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