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Decreto de Renovación de Congelación de Alquileres de Vivienda PDF Imprimir E-mail
Escrito por Administrator   
Jueves, 07 de Mayo de 2009 20:23
MINISTERIO DEL PODER POPULAR PARA LAS OBRAS PÚBLICAS Y VIVIENDA
DESPACHO DEL MINISTRO
RESOLUCIÓN DM N° 74
MINISTERIO DEL PODER POPULAR PARA EL COMERCIO
DESPACHO DEL MINISTRO
RESOLUCIÓN DM N° 035
CARACAS, 22 DE ABRIL DE 2009
199° y 150°

RESOLUCION CONJUNTA

En ejercicio de las atribuciones conferidas en los numerales 1 y 9 del artículo 77 del Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley Orgánica de la Administración Pública N° 6.217 de fecha 15 de julio de 2008, publicado en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela N° 5.890 Extraordinario de fecha 31 de julio de 2008, concatenado con lo dispuesto en los numerales 1, 7 y 9 del artículo 11, y numerales 10 y 23 del artículo 19 del Decreto sobre Organización y Funcionamiento de la Administración Pública Nacional N° 6.626 publicado en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela N° 39.130 del 03 de marzo de 2009, el artículo 5 del Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley para la Defensa de las Personas en el Acceso a los Bienes y Servicios N° 6.092 publicado en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela N° 5.889 Extraordinario del 31 de julio de 2008, en concordancia con lo previsto por el artículo 9 del Decreto con Rango y Fuerza de Ley de Arrendamientos Inmobiliarios N° 427 publicado febrero de 2003, publicado en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela N° 37.626 de fecha 06 de febrero de 2003, mediante el cual se declaran Bienes y Servicios de Primera Necesidad en todo el Territorio Nacional los que en el se señalan, y según lo preceptuado en los artículo 69 y 70 del Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley del Ré gimen Prestacional de Vivienda y Hábitat N° 6.072 publicado en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela N° 5.889 Extraordinario del 31 de Julio de 2008.

CONSIDERANDO

Que es fin y deber del Estado garantizar el bienestar de la población en general y salvaguardar los derechos e intereses de los usuarios, habida cuenta de la declaratoria del alquiler de vivienda como servicio de primera necesidad, a cuyo efecto es requerido realizar modificaciones a la normativa inquilinaria, estos Despachos,

RESUELVEN

ARTÍCULO 1.- Prorrogar por seis (6) meses la medida de congelación de alquileres contenida en la Resolución Conjunta de los de fecha 15 de mayo de 2004, publicada en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela N° 37.941 de fecha 19 de mayo de 2004.

ARTÍCULO 2.- Los arrendadores que infrinjan esta Resolución o incurran en los delitos de especulación, usura, y otros delitos conexos, serán sancionados de conformidad con el Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley para la Defensa de las Personas en el Acceso a los Bienes y Servicios, sin perjuicio de las sanciones previstas en el Decreto con Rango y Fuerza de Ley de Arrendamientos Inmobiliarios.

ARTÍCULO 3.- La presente Resolución entrará en Vigencia a partir de la fecha de su publicación en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela.

Comuníquese y Publíquese,

EDUARDO SAMÁN
Ministro del Poder Popular para el Comercio

DIOSDADO CABELLO RONDÓN
Ministro del Poder Popular para las Obras Públicas y Vivienda
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Asociación civil sin fines de lucro, constituída en el año 2.003, con el objetivo de formentar el respeto y la protección a la propiedad privada en Venezuela.
Propietarios Asociados: 315
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Junta Directiva:

Abg. Roberto Orta Martinez. Presidente

Dr. Raimundo Orta Poleo. Coordinador Nacional

Lic. Federico Avidano: Director

Dr. Edgar Ramirez. Director

Dra. Irma Lovera De Sola. Directora

Abg. Maria Alejandra Pulgar. Secretaria 

Consultores Jurídicos 

Abg. Carlos Calanche

Abg. Raymond Orta Martínez

Propiedad Privada

Prohibido Olvidar.Cifras 2011

155 edificios permanecen invadidos en Caracas desde 2003 a la fecha

800 casas, terrenos y galpones permanecen invadidos en Caracas

22.000 inmuebles han sido invadidos a nivel nacional desde 1999 a 2011

188 edificios alquilados fueron afectados en Caracas en 2.006 para Expropiación, por el Ex Alcalde Mayor Juan Barreto, y ninguno fue indemnizado a su propietario, ni adjudicado a sus inquilinos

53 edificios vacios fueron ocupados y afectados en Caracas en 2.006 para Expropiación, por el Ex Alcalde Mayor Juan Barreto, y solo 12 fueron indemnizados y ninguno ha sido restituido a su propietario

El 2008 fue expropiado el Centro Comercial Sambil La Candelaria por orden del Presidente de la República, sin indemnización para 250 comerciantes propietarios, desapareciendo 4.000 nuevos empleos. Actualmente está destinado a refugio de damnificados.

En 2010 fue expropiado el Edificio La Francia por orden del Presidente de la República, y desalojados arbitrariamente 600 trabajadores y 91 inquilinos comerciantes, por la Alcladía de Libertador, sin indeminización por sus fondos de comercios y daños y perjuicios. Aún permanece sin el destino ofrecido.

En 2010 fueron expropiados por la Presidencia de la República y desalojados arbitrariamente por las Milicias Bolivarianas, 19 estacionamientos en el centro de Caracas, sin pago a sus propietarios. Aún no han sido construídos las viviendas prometidas en los terrenos.

En 2011 decenas de pensiones turisticas en Caracas han sido tomadas por grupos anarquicos con apoyo político, fomentando el no pago en sus huespedes; con maltrato y desocupación arbitraria de sus administradores y propietarios

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