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Propietarios de bienes de interés cultural deberán notificar su venta PDF Imprimir E-mail
Escrito por Administrator   
Viernes, 20 de Noviembre de 2009 07:06

El Nacional 19-11-09

 

La intención de venta o traslación sobre la propiedad deberá ser dada a conocer al IPC, mediante una notificación por escrito, que puede ser hecha en papel común y no se requieren timbres fiscales

   
Los propietarios de 1.216 inmuebles clasificados como bienes de interés cultural en el municipio Libertador deben notificar al Instituto de Patrimonio Cultural sobre la venta o cualquier trámite de enajenación o gravamen, de acuerdo con las disposiciones de la providencia administrativa 028/09 emitida por esa dependencia.

Roberto Orta Martínez, vicepresidente de la Asociación de Propietarios de Inmuebles Urbanos, explicó que el instructivo publicado en Gaceta Oficial del pasado 12 de noviembre no constituye en ningún momento un permiso o autorización para la venta de inmuebles localizados en algunas de las zonas, pero prohíbe la demolición o remodelación externa y/o interna de las edificaciones incluidas en el catálogo del instituto.

El IPC exhorta a los jueces, registradores y notarios a informar sobre cualquier documento de gravamen o enajenación sobre esos bienes, e indica que deben abstenerse de dar cumplimiento a los mismos si existen discordancias con lo establecido en la Ley de Protección y Defensa del Patrimonio Cultural, acerca de las traslaciones de propiedad.

Orta Martínez indicó, además, que las disposiciones establecidas en la nueva providencia aclaran que sólo deberán notificar la venta aquellos inmuebles mencionados expresamente en el catálogo, y que quedan exentos los que pese a estar en zonas de interés cultural, no son nombrados en el listado. "El Paraíso es una zona de interés cultural, pero eso no quiere decir que el propietario de un inmueble localizado allí deba hacer la notificación de que va a venderlo. También establece que los inmuebles en propiedad horizontal están exonerados de ese trámite", afirmó.

Trámites. Quienes posean alguno de los inmuebles declarados como bienes de interés cultural deben dar a conocer al Instituto de Patrimonio Cultural, mediante una notificación por escrito, la intención de venta o traslación sobre la propiedad. El documento puede ser escrito en papel común y no se requieren timbres fiscales. Todos los trámites ante el IPC son gratuitos. Los formatos para las notificaciones pueden consultarse en la web www.ipc.gob.ve.
    
      

 

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