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Titularizacion de la vivienda marginal PDF Imprimir E-mail
Escrito por admin   
Viernes, 08 de Agosto de 2008 12:50
Ceinpro 08-08-08. Por Gerardo Hernandez.
La propiedad privada como eje fundamental del desarrollo, el bienestar de los pueblos y los ciudadanos es un derecho universal incluyente que asiste a todos por igual. El Artículo 82 de nuestra Carta Magna garantiza el derecho a la vivienda, el bien más preciado por todo ser humano, que despierta sentimientos de identidad, arraigo, protección, seguridad, libertad; el medio para enfrentar la pobreza y reivindicar otros derechos. El Estado no ha dado satisfacción progresiva de este derecho a la sociedad, ni garantizado con carácter prioritario el acceso a la propiedad de los más vulnerables. Es un mandato constitucional incumplido...

Si el mercado formal inmobiliario está afectado por la escasa construcción de viviendas, insuficiente financiamiento, inflación desbordada y caída del poder adquisitivo de la familia, en la informalidad la situación es más compleja. En Caracas, más del 50% de la población urbana vive en áreas marginales, con una capacidad impresionante para levantar unos 80 mil ranchos al año, sin posesión legal del suelo, en terrenos inestables, con servicios deficitarios; segregada y excluida. Esta proporción se repite en las capitales de países en desarrollo. Abordar esta situación pasa por la concientización del hecho que el ahorro de toda una vida de quienes viven en las zonas marginales está sembrado en sus ranchos. Mientras no se les de titularización a las tierras sobre las cuales están construidos seguirán marginados. Al darles la propiedad del terreno –en la práctica una carta de ciudadanía- las bienhechurías pasarían a ser bienes inmuebles con todas las de la ley, inclusive ser hipotecados para obtener préstamos y reivindicaciones que mejoren su calidad de vida.

Prominentes arquitectos y urbanistas propugnan reiteradamente la necesidad de enlazar la ciudad formal con la ciudad informal para resarcir en alguna forma el déficit de servicios, oportunidades y amenidades. Pero hay que comenzar por darle legalidad al barrio, incluirlo en la cartografía, levantar el correspondiente catastro, regularizar la tenencia de la tierra, y rehabilitarlo, dentro de un plan coherente e integral. Ello, en el caso de los asentamientos que no presentan riesgos. Para los que están ubicados en áreas inestables la respuesta es la construcción de nuevos desarrollos de viviendas.

El peruano Hernando de Soto, uno de los doce economistas de mayor prestigio en la historia, ha influenciado a muchos gobiernos del mundo con su tesis de que los pobres son los dueños de la mayoría de la propiedad de la tierra pero no tienen títulos de propiedad que lo demuestren y, por tanto, no pueden disponer de sus terrenos para salir de su situación, como acceder a préstamos que podrían utilizar en iniciativas empresariales o en el mejoramiento de la vivienda. De hecho Lima cuenta con una legislación que regulariza la tenencia de la tierra, que ha permitido reglamentar por lo menos un millón de parcelas. En Brasil, el gobierno ha otorgado títulos de propiedad a millones de habitantes de las favelas con el enfoque de la titularización que está siendo empleado por muchos países de América Latina.

En Caracas, Baruta lidera la titularización de la tierra en Las Minas, La Palomera y Santa Cruz del Este. También en los municipios Libertador, Valencia, Puerto Cabello, Maracaibo, entre otros, están asumiendo este camino liberador. El Estado reforma la Ley Especial de la Regularización de la Tenencia de la Tierra Urbana y de Asentamientos Urbanos Populares que es de esperar no se convierta en instrumento para dar legalidad a las invasiones de terrenos privados calificados como “ociosos”, o establecer un presunto mercado inmobiliario protegido para aupar la figura del usufructo en detrimento al derecho de propiedad individual, práctica de los regímenes socialistas en el afán de potenciar el patrimonio del Estado.

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