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Tasas por gaveta hipotecaria estaran entre 4,66 y 12,44% PDF Imprimir E-mail
Escrito por admin   
Jueves, 15 de Enero de 2009 04:06
El Universal 15-01-09
Los intereses estarán en función de los ingresos familiares mensuales

El Banco Central de Venezuela (BCV) ajustó las tasas para los financiamientos que se tramitan a través de la gaveta hipotecaria y ahora los intereses se aplicarán en función de los ingresos familiares.

Para la gaveta hipotecaria se establecía un solo nivel de tasas y estaba en 10,31%, ahora el esquema será diferente y para algunos estratos las tasas serán similares a las previstas en la Ley de Vivienda. ..




La normativa publicada en la Gaceta Oficial No. 39.097 del 13 de enero señala que las familias que devengan ingresos hasta 2.800 bolívares fuertes tendrán un interés de 4,66%, aquellos que perciben hasta 5.474 bolívares fuertes recibirán una tasa de 6,61% y los que ganen hasta la cantidad de 7.000 bolívares fuertes tendrán un interés de 8,55%.

La resolución añade que las familias con ingresos hasta 10.120 bolívares fuertes tendrán créditos con intereses de 10,50% y los que reciben hasta 16.560 bolívares tendrán préstamos con tasas de 12,44%.

Esos niveles regirán para los financiamientos nuevos así como para los que están vigente. En este último caso las instituciones financieras tendrán que realizar ajustes a las cuotas mensuales. Los nuevos intereses rigen desde el pasado primero de enero.

Para la construcción de viviendas los financiamientos tendrán tasas de 10,50%, según lo fijado por el ente emisor.

Distribución
La semana pasada, el Ministerio de la Vivienda y Hábitat determinó que la cartera hipotecaria obligatoria será 10% de la cartera total. De ese monto 4% será para la financiar la construcción de soluciones habitacionales y 6% se destinará a los préstamos para la adquisición de unidades. Según lo previsto en la resolución, el porcentaje de la cartera previsto para atender la compra de soluciones habitacionales registró algunas modificaciones en relación con el esquema del pasado año.

En la resolución se indica que 37% de los fondos serán para créditos de familias cuyos ingresos no excedan 7.000 bolívares, 37% será para atender la demanda de aquellos con ingresos entre 7.000 bolívares fuertes y 16.560 bolívares fuertes y 26% se destinará a préstamos para familias con ingresos entre 16.560 bolívares fuertes y 23.00 bolívares.

Ante esos ajustes, 63% de la gaveta hipotecaria a largo plazo será para atender la demanda de las familias con ingresos superiores a 7.000 bolívares fuertes. De manera que los recursos serán para los que registren los mayores ingresos mensuales. Los que devenguen menos de 7.000 bolívares fuertes tendrán más opciones a través del Fondo de Ahorro Obligatorio de Vivienda, que es el mecanismo previsto en la Ley del Régimen Prestacional de Vivienda para atender los financiamientos. 
Última actualización el Sábado, 24 de Enero de 2009 10:21
 

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